ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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Hacienda comunicará a las sociedades las inconsistencias detectadas en sus  declaraciones. 

Según dispone el Plan de Control Tributario para 2022, en los próximos meses Hacienda enviará cartas de aviso (sólo serán cartas de aviso, no implicarán el inicio inmediato de un  procedimiento tributario) a aquellas sociedades en las que aprecie inconsistencias entre  sus datos bancarios y los financieros declarados en el Impuesto sobre Sociedades. A estos  efectos, Hacienda realizará las siguientes comparaciones: 

En primer lugar, comparará las entradas y salidas de las cuentas de su empresa con  la cifra de ventas declarada en el IS (cada mes de enero los bancos presentan el  modelo 196, en el que informan de los saldos existentes a 31 de diciembre y del  volumen total de entradas y salidas de cada cuenta). 

Por otro lado, comparará los márgenes de su empresa con los márgenes medios del  sector. Hacienda obtiene estos datos a través del Impuesto sobre Sociedades de su  empresa y del de las empresas de su sector y puede considerar la existencia de  márgenes inferiores a los habituales como indicativo de ventas no declaradas. 

Si Hacienda detecta discrepancias significativas, será cuando le remitirá la carta de aviso.  Si la recibe: 

Si no puede justificar las diferencias, plantéese regularizar su situación. Pagará un  recargo por presentación fuera de plazo de hasta el 15%, pero evitará que en una  posible comprobación le impongan una sanción de entre el 50% y el 150% de la  cuota no ingresada. 

Si lo tiene todo en orden, presente la información que acredite que las diferencias se  deben a traspasos entre cuentas, préstamos u otras operaciones que no inciden en el  volumen de ingresos y gastos, por ejemplo. Así podrá evitar una comprobación  posterior. 

También puede optar por recopilar dicha información y presentarla solo si se la  requieren más tarde. A estos efectos, recuerde que la información contable y bancaria solo  puede ser reclamada por el departamento de Inspección, y no por el de Gestión Tributaria. 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante)