ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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Autónomo: así puedes desgravarte el renting del coche.
El profesional deberá justificar que el uso del vehículo es para su actividad laboral 

Los trabajadores autónomos pueden desgravarse el IVA del renting del  coche que utilicen para trabajar. Sin embargo, es importante que el  profesional pueda demostrar que el vehículo lo utiliza para trabajar.  Cabe destacar que el renting permite al profesional cambiar o devolver  el vehículo en cualquier momento adaptándose a las circunstancias de  su actividad profesional. 

Al demostrar que el vehículo se utiliza para trabajar el profesional podrá deducirse  el IVA en porcentajes que varían desde el 50% al 100%, explican desde Northgate  Renting Flexible. La deducción, aclaran, dependerá del uso que se le dé al vehículo.  De hecho, la Agencia Tributaria se reservará el derecho de comprobar si el vehículo  se emplea para fines profesionales o personales. 

En estos casos, suele asociarse a uso profesional un vehículo rotulado o si se trata de  un vehículo industrial. 

Para poder aplicarse la deducción, este gasto se tendrá que detallar en la  Declaración de la Renta y tendrá que indicarse el mismo como un gasto deducible.  No obstante, el profesional deberá demostrar que el uso del vehículo es  exclusivamente profesional. Cabe recordar que en estas situaciones no se puede  realizar una deducción parcial del gasto, como sí ocurre con el IVA. 

Deducciones en la Renta 

Los trabajadores autónomos también podrán acogerse a otro tipo de deducciones.  Entre las deducciones incluidas en la Agencia Tributaria figuran los gastos de  combustible o los de estacionamiento en parkings. 

Por otro lado, los profesionales podrán tener deducciones por el consumo de  gasolina en vehículos de renting. En estas circunstancias, los autónomos podrían  deducirse hasta un 50% de los gastos de combustible. No obstante, tendrán que  demostrar que los desplazamientos que se han realizado con el vehículo son  laborales. 

Asimismo, existen deducciones para el pago del aparcamiento en parkings, mientras  estos estacionamientos estén relacionados en exclusiva con la actividad profesional.  Si se diera alguno de estos casos, el profesional debería demostrarlo aportando los  recibos que demuestren dichos pagos.

Estas deducciones se podrán aplicar en la Declaración de la Renta, cuya campaña se  prolongará este año hasta el 30 de junio. 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante) 

Fuente: Cinco Días. El País. Economía.