El Instituto de Estudios Económicos afirma que el nuevo tributo va en contra de la seguridad jurídica y que su tramitación no ha seguido el cauce legal adecuado.
Palabras duras y sin medias tintas. El Instituto de Estudios Económicos (IEE), think tank de la patronal CEOE, afirma que existen múltiples elementos que apuntan a la inconstitucionalidad del nuevo impuesto de solidaridad a las grandes fortunas aprobado a finales del año pasado en el Congreso y en vigor desde el 1 de enero.
Las pegas son tanto formales como sustanciales. Por un lado, plantea dudas sobre el camino recorrido para aprobar el nuevo gravamen, “un atajo” a toda prisa, según el organismo, que no habría permitido el debate público ni los informes preceptivos necesarios.
Por el otro, su retroactividad —el primer ejercicio gravado será 2022— supondría un golpe a la seguridad jurídica, a lo que se añade la invasión de las competencias de las comunidades autónomas, al solaparse al impuesto sobre el patrimonio. “Se está actuando en fraude de ley”, ha zanjado este lunes Luis Manuel Alonso, catedrático de Derecho Financiero en la Universidad de Barcelona, durante la presentación de un análisis encargado por el IEE sobre la inconstitucionalidad del nuevo tributo, del que es coautor junto a otros docentes.
Este análisis se alinea con el de algunas comunidades, como Madrid, que ya han anunciado que recurrirán ante el Tribunal Constitucional. El Gobierno ha anunciado el nuevo impuesto de solidaridad el pasado verano con un objetivo finalista: financiar las medidas contra la elevada inflación. Por ello, su vigencia será en principio temporal, de dos años, aunque se ha dejado abierta la puerta a que se convierta en permanente. Para recortar tiempos y tenerlo vigente ya en 2023, el Ejecutivo lo ha aprobado a través de una enmienda a otra norma.
Afecta a todos los patrimonios superiores a los tres millones de euros, y el ya vigente impuesto sobre el patrimonio, un tributo estatal cuya gestión está cedida a las comunidades, se podrá deducir de la nueva figura.
Casi todos los elementos arriba mencionados podrían, según el análisis del IEE, de posición liberal, ser motivo de inconstitucionalidad. En primer lugar, la aprobación del nuevo tributo a través de una enmienda a una proposición de ley de contenido distinto —la creación de los gravámenes a banca y energéticas—, lo que limita los debates políticos y los controles institucionales. “Una enmienda no se puede enmendar, como mucho debatir. Tampoco puede hablar de cualquier cosa, tiene que haber relación sustancial con el texto”, ha subrayado Alonso.
En segundo lugar, el think tank pone el acento en que el texto que crea el tributo determina que una de sus finalidades es armonizar la fiscalidad de las comunidades. Estas tienen cedidas las competencias sobre la tributación patrimonial y, de hecho, tanto Madrid como Andalucía han exprimido su capacidad normativa y bonificado al 100% el impuesto sobre el patrimonio. Esta rebaja, sin embargo, queda anulada con la nueva figura a las grandes fortunas.
“Es un problema de calado”, ha valorado César García Novoa, catedrático en la Universidad de Santiago de Compostela. “La Constitución dice que el Estado puede usar un tributo para armonizar, pero aquí se hace a través de una figura nueva que clona a una ya vigente (…). Se ha creado un impuesto nuevo sobre una materia imponible que ya existía”, ha argumentado. Este modus operandi, ha añadido, invade la competencia autonómica y además viola la reserva de ley orgánica.
Retroactividad del tributo
También está bajo examen la posible vulneración del principio de seguridad jurídica por la retroactividad del tributo. El hecho de que se haya aprobado a finales del año pasado y se aplique al patrimonio poseído en 2022 no ha permitido a los contribuyentes afectados poder planificar su estrategia fiscal. “El Tribunal Constitucional llama esto retroactividad de grado medio o impropia: modificar una norma tributaria en el ejercicio”, ha detallado Javier Martín, de la Universidad Complutense de Madrid. “Hay muchas sentencias al respecto. En este caso, hay que mirar si la retroactividad cambia las reglas del juego sustancialmente”. Según los siete catedráticos de Hacienda Pública y Derecho Tributario que han elaborado el estudio, no hay duda de que así será, sobre todo a medio plazo.
El director y el presidente del IEE, Gregorio Izquierdo e Íñigo Fernández de Mesa, que han moderado la presentación, han coincidido en que, aunque la nueva figura probablemente eleve la recaudación a corto plazo, en un horizonte medio podrían registrarse efectos de segunda ronda con un impacto negativo en las arcas públicas: los residentes e inversores que salen del país dejarían de tributar no solo por su patrimonio, sino por otros impuestos como el IRPF, el IVA o el IBI. El cuarto y último elemento que podría ser objeto de inconstitucionalidad, según el documento, es el potencial confiscatorio del nuevo impuesto, ya que según sus autores podría generar imposiciones superiores al límite del 60% fijado entre patrimonio y renta.
Los catedráticos presentes en la presentación han incidido en que hay varias sentencias que respaldan sus tesis y que ya ningún otro país de la UE mantiene un impuesto sobre el patrimonio total de los contribuyentes, una figura que al contrario ha ido desapareciendo —aunque sí se mantienen gravámenes sobre determinados tipos de activos— por su efecto distorsionador. En cambio, han alertado de que países con regímenes fiscales atractivos para extranjeros e inversores, como el de Portugal, tiene el riesgo de facilitar la salida de capitales del país, sobre todo de contribuyentes latinoamericanos. “Hay que tener en cuenta el riesgo de deslocalización.
El nuevo impuesto va a afectar principalmente a la inversión de altos patrimonios y a la llegada de nuevas empresas”, ha señalado el catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha y exdirector del IEF Juan José Rubio. “Si me permiten ser un poco duro, esta medida junto a la subida fiscal a las rentas del ahorro pone de manifiesto la intención del Gobierno de acosar a quienes tienen capacidad de ahorro”, ha sostenido.
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Fuente: El País. Economía