ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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Una sentencia del Supremo acorta el plazo que tiene Hacienda para ampliar los procedimientos de comprobación limitada.

El Supremo ha aprobado una sentencia que acorta los plazos que tiene Hacienda para  ampliar los procedimientos de comprobación limitada de los autónomos. A partir de  ahora, las notificaciones sobre este asunto deberán llegar a los autónomos de mane ra  anticipada. La sentencia tiene que ver con el recurso presentado por un trabajador  autónomo en 2018 sobre las liquidaciones de IRPF practicadas en el año 2013 por valor  de 15.327,86 euros. 

Los procedimientos de comprobación limitada son aquellas actuaciones que Hacienda  realiza para comprobar las obligaciones tributarias de los autónomos. Algunos de los  procedimientos de este tipo más comunes son los exámenes de modelos, las  inspecciones de registros, la verificación de datos o la comprobación de los libros  oficiales y facturas. 

El Observatorio Jurídico de Declarando ha analizado cómo afecta esta sentencia a los  profesionales por cuenta propia. Según explican sus responsables, a raíz de esta  sentencia las notificaciones de la comprobación limitada deberán llegar a los  autónomos de manera anticipada. Asimismo, los procesos de estas comprobaciones  tendrán que abrirse después de forma separada para ser considerados válidos. 

Ganar tiempo 

Con esta resolución, el Tribunal Supremo permite que los trabajadores por cuenta  propia puedan ganar tiempo para preparar su defensa ante estos casos. A partir de  ahora la notificación de la ampliación de la comprobación deberá llegar de forma  previa y los procesos de estas comprobaciones deben abrirse de forma separada. 

La CEO de Declarando, Marta Zaragozá, explica que la nueva sentencia “determina  en qué momento la Administración Tributaria puede comunicar al autónomo la  ampliación del alcance de un procedimiento de comprobación limitada para que éste  sea válido”. Según ella, ahora el Supremo “considera nula la resolución o liquidación  del procedimiento de comprobación limitada si la ampliación se ha acordado y notificado de forma simultánea a la apertura de las alegaciones”. 

Zaragozá aclara que las comprobaciones que se realizan desde la Administración  Tributaria, generalmente se limitan al análisis de los documentos que aportan los  autónomos al presentar alguna reclamación. Las reclamaciones pueden ser  monetarias o de otro tipo. El objetivo de estas comprobaciones es verificar si tienen  validez. 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante) 

Fuente: Cinco Días. El País Economía.