Recordemos que las empresas pueden seleccionar 30 días al año durante los cuales Hacienda no podrá depositar notificaciones en su buzón electrónico.
Si transcurren diez días naturales desde que su empresa recibe una notificación electrónica de Hacienda y usted no accede a su buzón electrónico para abrirla, dicha notificación se entiende realizada. ¡Atención! Por tanto, puede suceder que a lo largo de sus vacaciones su empresa reciba alguna notificación y se le pasen los plazos para recurrir.
Para evitar este riesgo, recuerde que cada año puede señalar 30 días naturales durante los cuales Hacienda no puede depositar notificaciones en su buzón electrónico. Para ello:
∙ Entre en la Sede Electrónica de la página web de Hacienda y acceda a “Todas la ges tiones” – “Otros servicios” – “Notificaciones” – “Notificaciones” – “Todas las ges tiones» – “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electró nica Habilitada”.
∙ Una vez haya accedido al servicio, pulse la opción «Modificar» y seleccione los días en los que no quiere que Hacienda le cuelgue notificaciones electrónicas. Dichos días quedarán marcados en verde, y usted deberá pulsar en “Validar” y en “Firmar y en viar” para que su solicitud sea efectiva.
¡Atención! No se demore en efectuar esta gestión. Los días de cortesía se deben solicitar con un mínimo de siete días de antelación al comienzo del período deseado.
APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante)
Fuente: AEAT Newsletter