ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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Obligaciones fiscales y contables de las sociedades inactivas

“Tengo una sociedad que no uso, pero que mantengo”. Esta situación es mucho más común  y habitual de lo que parece. Ya sea por motivos fiscales o, simplemente, por abandono, en  España existen numerosas sociedades inactivas. En este artículo abordaremos las  obligaciones fiscales que tienen, aunque no realicen actividades económicas. Así mismo,  analizamos el control tributario al que están sometidas y cómo una asesoría fiscal puede  ayudar a cumplir de manera eficiente y efectiva con lo que exige la regulación actual. 

¿Qué es una empresa o sociedad inactiva? 

Antes de nada, comencemos definiendo qué es una sociedad inactiva. En el campo de la  fiscalidad decimos que una sociedad o empresa inactiva es aquella que no lleva a cabo  actividades económicas durante un período de tiempo, lo que implica que no genera  ingresos ni realiza operaciones comerciales. Sin embargo, pese a ello, no ha sido liquidada o  extinguida. 

A su vez, la inactividad puede deberse a diversas razones. Por ejemplo, una estrategia de  negocio momentánea, una reorganización interna, una crisis… No obstante, a pesar de esa  inoperancia, la sociedad sigue manteniendo su personalidad jurídica. Por lo tanto, una  sociedad activa y no liquidada continúa estando sujeta a ciertas obligaciones fiscales y  contables que debe cumplir para evitar sanciones. 

Obligaciones fiscales y contables de las sociedades inactivas 

Al respecto, en España las sociedades inactivas tienen responsabilidades para con la  legislación fiscal vigente. Esta puede variar en función del tipo de empresa, así como de la  regulación de su ubicación. De todas formas, prácticamente cualquier sociedad inactiva  tiene obligaciones como las que enumeramos a continuación: 

Presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades. Aunque la empresa no  genere ingresos, debe presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades  correspondiente a cada ejercicio fiscal. 

Presentación de las declaraciones informativas. La sociedad tiene que presentar las  declaraciones informativas correspondientes a las retenciones e ingresos a cuenta  realizados, así como la de operaciones con terceros. 

Cumplimiento de las obligaciones contables. A pesar de no tener actividad, toda  compañía debe llevar una contabilidad adecuada y cumplir con las obligaciones contables  establecidas por la legislación española. En concreto tiene la obligación de depositar las  cuentas anuales en el Registro Mercantil.

También debes saber que el incumplimiento de estas obligaciones conlleva sanciones  económicas y otros problemas legales, por lo que es fundamental cumplir con ellas incluso  aunque la sociedad no esté activa. 

Una de las sanciones que más quebraderos de cabeza puede suponer a los titulares de una  sociedad inactiva es la relativa a la revocación del NIF de la sociedad. Hasta ahora se preveía  la revocación del NIF de aquellas compañías que no hubieran presentado la declaración del  impuesto sobre sociedades durante tres ejercicios consecutivos. 

Ahora se ha introducido una modificación en esta norma por la que se revocará también el  NIF en el caso de que las sociedades no hayan depositado sus cuentas anuales durante  cuatro ejercicios consecutivos. 

Control tributario 

Por lo comentado en el punto anterior, las sociedades inactivas y Hacienda tienen una  relación más estrecha de lo que mucha gente cree. La Agencia Tributaria persigue que las  sociedades inactivas se ajusten al marco legal a través de un exhaustivo control tributario. Pero, ¿en qué consiste este control? El control tributario de las empresas o sociedades  inactivas incluye la verificación de la presentación de las declaraciones fiscales  correspondientes, la comprobación de la contabilidad, la revisión de las  operaciones realizadas y la identificación de posibles irregularidades fiscales. 

Este seguimiento se aplica a cualquier organización para garantizar el cumplimiento de sus  obligaciones y evitar fraudes o evasiones fiscales. Por lo tanto, el control tributario es una  herramienta clave para asegurar la transparencia y el orden fiscal. 

¿Merece la pena una sociedad inactiva o es mejor liquidarla? 

Entonces, teniendo una sociedad sin actividad por desuso y no por estrategia  comercial ¿merece la pena dejarla inactiva o es mejor liquidarla? ¿Es necesario hacer una  declaración de sociedad inactiva? ¿Compensa la venta de sociedades inactivas? Preguntas  habituales que resolvemos a continuación. 

Por un lado, la decisión de mantener una sociedad inactiva o proceder a su  liquidación dependerá de las circunstancias particulares del negocio. Se deben analizar los  costes, los pros y los contras de ambas alternativas antes de tomar una decisión. 

A su vez, aunque no existe una declaración específica de sociedad inactiva en España,  estas empresas continúan teniendo ciertas obligaciones fiscales que deben cumplir si no  quieren enfrentarse a sanciones y otros problemas legales. Si crees que las sociedades  inactivas no tendrán que legalizar libros contables o depositar las cuentas anuales en el  Registro Mercantil, estás equivocado. Así que tenlo también en cuenta antes de decidir. 

¿Y venderlas? Depende de las circunstancias. La venta de una sociedad inactiva puede ser  atractiva para quien desea adquirir una entidad ya constituida para iniciar una actividad  económica. Ahorra dinero, trámites y plazos y al mismo tiempo, el propietario deja de pagar  impuestos por ella. Pero esta operación también puede conllevar otras implicaciones fiscales  o acarrear la asunción y el pago de deudas pendientes. 

En definitiva, para tomar una decisión así, apoyarte en la opinión de profesionales y  especialistas en fiscalidad siempre es una buena opción. En Castellana 

Consultores contamos con un equipo humano y especializado que te aconsejará de forma  personalizada en función de tus circunstancias. Para eso te dejamos nuestro contacto y te  esperamos para resolver cualquiera de estas dudas u otras que puedan surgir sobre qué  hacer con tus sociedades inactivas. 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante). 

Fuente: Castellana Consultores