ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

El margen de autonomía de las regiones para ajustar tributos, principalmente los de  sucesiones y patrimonio, «debe ser compatible con la igualdad de los ciudadanos ante la  ley del artículo 14 de la Constitución», consideran los expertos 

El Gobierno prepara una reforma fiscal de la que se van conociendo algunos trazos.  Pasaría por incrementar impuestos medioambientales y acompasar la recaudación de los  impuestos de sucesiones y patrimonio entre comunidades autónomas, puesto que unas  cobran unas tasas muy altas y otras muy bajas gracias a que ajustan los tributos  nacionales con bonificaciones de hasta casi el 100%, como es el caso de Madrid, contra la  que en buena parte va dirigida la reforma del Ejecutivo. 

Expertos en Derecho Financiero y Tributario consultados por El Independiente consideran  que España arrastra desde hace décadas un sistema impositivo que genera un trato  «totalmente desigual» entre ciudadanos de unas regiones y otras que debería haberse  corregido hace mucho. 

Para Juan Martín Queralt, catedrático de Derecho Financiero y Tributario en la  Universidad de Valencia, «el margen de autonomía que tienen las regiones» para aplicar  los tributos debe ser «compatible con la igualdad de los ciudadanos ante la ley reconocida  en el artículo 14 de la Constitución Española» que, según considera, el Tribunal  Constitucional debería haber puesto como límite a las disparidades recaudatorias.  «Tampoco los sucesivos gobiernos han sabido frenar esta mala interpretación de la  autonomía que lleva a situaciones injustas.

No es justo que alguien en Cáceres esté sujeto a  un impuesto mucho más alto que alguien en Madrid o en otras comunidades», apunta el  experto. 

Los primeros documentos con los que trabaja Moncloa ya hablan de «la necesidad de  aplicar de forma más coordinada la fiscalidad sobre la riqueza entre los distintos  territorios para garantizar un nivel de imposición mínimo y coordinado, evitando la  competencia fiscal perjudicial entre las CCAA». 

Modificar la ley de cesión de tributos 

Pero, ¿cómo puede conseguir el Ejecutivo este objetivo? ¿Qué margen legal tiene el  Gobierno central para equilibrar la recaudación de impuestos entre regiones? Juan Arrieta  Martínez de Pisón, catedrático de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad  Autónoma de Madrid, apunta a una posible modificación de la ley de cesión de tributos a  las Comunidades Autónomas de 2009 para establecer un mínimo de tributación en todos los territorios entorno a un 15 o un 20%, impidiendo que las bonificaciones modifiquen  sustancialmente esa horquilla. Una ley que, al ser ordinaria, no necesitaría el apoyo de 3/5  de las Cortes, sino únicamente mayoría. 

Para el experto, sería razonable establecer el citado mínimo de tributación en todas las  comunidades «no para penalizar a Madrid, sino para armonizar el sistema».

Esto sería  posible, según explica, sin invadir las competencias regionales en la medida en que «el  impuesto tiene al Estado como titular» aunque se haya cedido la posibilidad de regularlo a  las regiones, lo que «ha abierto una auténtica guerra fiscal», recuerda. 

En la misma línea se manifiesta Javier Martín Fernández, catedrático de Derecho  Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid: «No podemos olvidar  que los impuestos sobre el patrimonio, sucesiones y donaciones o transmisiones  patrimoniales son tributos estatales, por lo que el legislador estatal es el competente paras  su reforma.

Las competencias normativas a las CCAA se incorporaron para incrementar su  corresponsabilidad fiscal, por cierto, principio no reconocido en la Constitución. Por tanto,  no es contrario a la misma limitar dichas competencias, fijando límites máximos y  mínimos, siempre que no eliminen la citada corresponsabilidad». 

Si las CCAA no actúan en los tributos cedidos, únicamente lo podrían hacer en figuras  nada relevantes y de escasa recaudación 

Para el letrado, «dicho ejercicio por parte de las CCAA es necesario, ya que tienen su  poder tributario muy limitado por las reservas normativas a favor del Estado y las  entidades locales, de forma que si no actúan en los tributos cedidos, únicamente lo  podrían hacer en figuras nada relevantes y de escasa recaudación.

Es cierto que con la  competencia fiscal se gana en eficacia, si bien no puede ser desleal (principio comunitario),  teniendo presente las diferencias existentes entre CCAA», añade. 

Reforma coherente con una Hacienda Pública eficiente 

Estos cambios para equiparar los impuestos citados entre regiones no tendrían sentido si  no están enmarcados en «una Hacienda Pública administrada desde la idea de que tan  importante es el ingreso como el gasto», reflexiona el catedrático Martín Queralt. «Hoy en  día la Hacienda es ingreso, parece que el gasto no le importa a nadie, y además este último  parece que está descontrolado». 

El experto saca a relucir el dato «absolutamente irracional» proporcionado por el Banco de  España esta semana: la deuda pública ya supera el 121,5% del Producto Interior Bruto.  «Nos hemos vuelto insolidarios y estamos legando a generaciones futuras una deuda que  hemos generado nosotros y pagarán nuestros hijos y nietos», reflexiona con preocupación. 

El catedrático apela a la responsabilidad de los gobernantes en el gasto y en la manera en  que decidan recaudar impuestos. Recuerda que el Consejo de Estado ya advirtió al  Gobierno en relación con la Ley, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal,  de que la recaudación no debe «arrasar» los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El dictamen 279/2020 del supremo órgano consultivo del Gobierno de España emitido el  10 de julio del año pasado, aludido por Martín Queralt, decía exactamente en su  consideración final: «Se considera oportuno realizar un esfuerzo por atemperar aquellas  previsiones que pueden desvirtuar el alcance y razón de ser de determinados mecanismos  característicos del ámbito tributario, especialmente cuando en su configuración se atiende  eminentemente a la finalidad recaudatoria de la medida propuesta o a su incidencia sobre  posibles conductas fraudulentas y pasa a un segundo plano la perspectiva de los derechos  y garantías que corresponden a todo contribuyente en el marco de los diferentes  procedimientos tributarios». 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante) 

Fuente: El Independiente.