ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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La Directora del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria avanzó que  Hacienda está estudiando con las organizaciones de autónomos un nuevo régimen por el  que los pequeños negocios podrían quedar liberados de declarar el IVA. 

La Agencia Tributaria está trabajando con las organizaciones de autónomos para poner en  marcha un nuevo régimen fiscal que permitiría a miles de autónomos quedar al margen del  IVA y no tener que presentar sus autoliquidaciones trimestrales. La idea que se está  barajando es que todos los trabajadores por cuenta propia que facturen menos de 85.000  euros (100.000 euros sin están en actividades intracomunitarias) sólo tengan que presentar  una declaración anual de sus ventas para demostrar que cumplen los límites para no estar  sujetos a este impuesto indirecto. 

Esta reforma fue avanzada por Rosa Prieto, Directora del Departamento de Gestión  Tributaria de la Agencia Tributaria, durante el segundo día de celebración del IV foro de  Emprendedores y Autónomos que organiza la Federación Nacional de Asociaciones de  Trabajadores Autónomos (ATA). Durante el evento intervinieron también distintos  expertos invitados como el abogado fiscalista Javier Martín o la Vicepresidenta de ATA,  Celia Ferrero, que han formado parte de una mesa creada por la Agencia Tributaria para  diseñar distintos aspectos del sistema tributario de los autónomos entre los que también se  encuentra el sistema de módulos o lo que se conoce como régimen franquiciado del IVA  para los pequeños negocios y profesionales. 

Según explicó la Directora del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, España  sería ahora mismo el único país que no cuenta con el régimen franquiciado de IVA y «es  cierto que podría ser una forma de llegar a una régimen más justo». En este momento, hay  un grupo de trabajo, en el que participan ATA y CEOE, y que está estudiando las posibilidad  de implantar este sistema de cara a trasponer la directiva de la UE que exige su puesta en  marcha. «Sus características propias, que permita la directiva de IVA, se deberán definir  todavía, pero ya hay unanimidad en llegar a este régimen de franquicia«, aseguró la  representante de la Agencia Tributaria. 

Hay que recordar que, a día de hoy, el IVA no es un impuesto que tengan que pagar los  empresarios, ya que son sólo meros transmisores: abonan el impuesto cuando realizan un  gasto para su negocio y lo reciben cuando efectúan una venta. Sin embargo, tener que  liquidar el tributo trimestralmente para rendir cuentas con Hacienda supone una gran carga  administrativa para los negocios más pequeños que la Agencia Tributaria y las  organizaciones representativas del colectivo buscan simplificar. La idea del régimen de franquicias que ya se está llevando a cabo en el resto de países de la Unión Europea sería  simplificar el sistema y apartar a los pequeños empresarios de esta obligación de declarar el  IVA por lo que ya no tendrían que incluir este impuesto en sus facturas

Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros podrían dejar de presentar el IVA  trimestral 

De momento, y a expensas de conocer más detalles, la Vicepresidenta de ATA, una de las  organizaciones que ha estado presente en esta mesa de trabajo avanzó algunas de las  características principales que tendría este nuevo régimen de franquicia que podría sustituir  próximamente a los módulos en IVA. «El IVA franquiciado sería la exención de IVA para  las personas físicas que facturen menos de 85.000 euros o hasta 100.000 en el caso de  operaciones intracomunitarias. Pero lo más beneficioso sería la simplificación y exención  de obligaciones formales que tendría la implantación de este nuevo sistema», apuntó Celia  Ferrero. 

Según los últimos datos disponibles de la Agencia Tributaria -correspondientes a 2019- que  se entregaron al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la elaboración  de la propuesta de cotización por rendimientos reales de los autónomos, ese año había más  de dos millones de trabajadores por cuenta propia con unos beneficios inferiores a los  1.125 euros al mes, o 13.500 euros al año -el SMI de 2022-. Aunque estas cifras se refieren a  rendimientos netos y no a facturación, en cualquier caso, es probable que en aquel  entonces, al menos, dos de cada tres trabajadores por cuenta propia españoles estuvieran  dentro del umbral para poder acogerse al nuevo régimen de franquicias de IVA. 

Presentar el IVA sólo una vez al año y no tener que guardar facturas 

La puesta en marcha del nuevo régimen supondría varias ventajas para los autónomos que  puedan acogerse a él. La idea sería rendir cuentas con Hacienda una sola vez al año, para  que la Agencia Tributaria pueda comprobar que los trabajadores por cuenta propia cumplen  con los límites para seguir en el sistema, a través «una sola radiografía en enero, en vez de  liquidar cada trimestre. Sobre todo porque tanto el IVA franquiciado, como la factura  electrónica permitirán suministrar mucha información a la AEAT, Por lo tanto, la  Administración podrá proveer más servicios, libros registro, que nos podrán ayudar a  hacer menos trámites«, apuntó la Vicepresidenta de ATA, Celia Ferrero. 

Otro de los beneficios más reseñables del sistema en el que se está trabajando sería que no  se soporta ni repercute el IVA. Esto significa que no habrá que guardar las facturas de cara  a este impuesto, ya que no habría gastos deducibles en este tributo para los beneficiarios del  régimen de franquicias. 

El régimen de franquicias beneficiará más a los autónomos que tienen menos gastos 

En el mismo sentido, el abogado tributario Javier Martín, de F&J Martín abogados, otro de  los intervinientes en el IV Foro de ATA, apuntó que los beneficios de este régimen de  franquicias dependerán del tipo de empresa que tenga cada autónomo. «Si tengo una  actividad con muy poco IVA soportado me interesa mucho el régimen de franquicia,  porque no voy a tener que repercutir ni tampoco voy a poder deducir. Si tengo mucho IVA  soportado, el régimen puede que no interese. En todo caso, a un gran mayoría sí les será  beneficioso». 

Además, una cuestión importante es que este sistema es «un régimen neutral para quien recibe la factura. El régimen de criterio de caja en IVA que se incorporó a petición de los  autónomos tenía el problema de que el que recibe la factura no se la puede deducir hasta  que no la pagan, y eso complica mucho la gestión meramente económica de un negocio. Por  contra, el régimen de franquicia es muy sencillo: el franquiciado va a tener un número NIF  IVA que permitirá al cliente identificar que se puede admitir la factura sin ningún  problema, y esta persona quedará al margen del IVA», aseguró el abogado tributario. 

Una transición hacia la eliminación del sistema de tributación por módulos 

Según explicó la Directora de gestión tributaria de la AEAT, Rosa Prieto, el mapa de los  autónomos en el ámbito estatal se podría dividir en dos partes: aquellos que están  tributando ahora mismo en estimación objetiva y los que están estimación directa. En  objetiva habría que dividirlo entre otras dos: los agricultores, que serían en torno a  900.000 que presentan declaración de la RENTA en este régimen y alrededor de 355.000 en  2021 que presentan RENTA en objetiva y no son agricultores. 

Desde 2017 a 2021 hubo una disminución de contribuyentes en el régimen estimación  objetiva o por módulos. En estimación objetiva normal –no agricultura- se redujo la cifra  de autónomos entorno a un 10%. En paralelo va aumentando el número de autónomos que  tributan en estimación directa simplificada, que es mayoritario, en torno a 1,7 millones. En  estimación directa no llega a 170.000, ya que hay que tener más de 600.000. 

En la mesa de trabajo para la futura reforma fiscal que afectará a los autónomos no sólo se  ha tratado la puesta en marcha del régimen de franquicias, sino también la eliminación del  sistema de módulos en IRPF. Según explicó la directora de gestión tributaria, Rosa Prieto,  «es un reto ver qué se hace en los años siguientes, pero sí nos parece interesante hacer una  transición a otros regímenes, porque el de módulos ahora mismo es una anomalía. En IVA  habría que pasar al régimen de franquicias y en RENTA habría que pasar a la estimación  directa simplificada o normal». 

Las negociaciones para este tránsito estarían centradas ahora mismo en que el paso de  módulos a estimación directa sea lo menos perjudicial para los autónomos, especialmente  de algunos sectores como el transporte. Ahora mismo, hay varias comunidades como País  Vasco y Navarra que ya han hecho esta transición y que estarían sirviendo como referencia.  En su caso, lo que se hizo fue establecer un sistema de estimación directa ‘especial’ para  algunas actividades como la agricultura o el transporte donde puedan deducirse de manera  fija hasta más de un 35 o 40% de sus ingresos. 

En ese sentido, la vicepresidenta de ATA explicó que la «objetivación de los gastos  deducibles», sería una de las claves para poder transitar de los módulos a la estimación  directa en IRPF sin que ello afecte a miles de autónomos moduleros. Según Celia Ferrero,  «una parte esencial sería establecer una unidad de criterio en la Inspección, que se  establezcan unos porcentajes o cuantías deducibles para cada gasto y que no haga falta  justificarlos. Por ejemplo, si yo tengo derecho a una deducción de manutención de 26,6 euros  al día, no es necesario justificar esos 26,6 euros porque ya los tengo. Lo que habría que  justificar es si supero esa cantidad. Y así con muchos otros gastos recurrentes». 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante) 

Fuente: autónomos&emprendedor.es

Grabación de la Jornada 2 de 2

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Diapositivas de la Presentación

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Así mismo, detallamos a continuación el procedimiento a seguir para la presentación de expedientes:

1. El primer paso es enviar por correo electrónico al PAS (pas catastro@fettaf.com) toda la documentación necesaria para el trámite que vayáis a realizar, incluyendo siempre el documento de representación o de autorización, según proceda.

2. Una vez revisada la documentación, el PAS os autorizará a que realicéis el trámite a través de la Sede Electrónica del Catastro.

3. Como último paso, y para poder acreditar que ese trámite se ha presentado por un miembro de FETTAF, es imprescindible informar al PAS del número de referencia o CSV del trámite.

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Para finalizar, queremos trasladaros una vez más nuestra satisfacción por la firma de este acuerdo de colaboración, no solo porque Fettaf ha sido la primera entidad privada en firmar un convenio de estas características con la Dirección General del Catastro, sinó también porque dotará a los técnicos tributarios y asesores fiscales de una herramienta más para ofrecer a nuestros clientes un asesoramiento de calidad. 


Recibid un cordial saludo,


Joan Torres Torres
Presidente de FETTAF

16.03.2023