ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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Los gestores administrativos denuncian una campaña de inspecciones  ocultas a autónomos 

∙ Consideran que la medida incumple la Ley de Protección de Datos. 

∙ Anuncian que no cumplimentarán los datos solicitados por la TGSS.

Los gestores administrativos acusan a la Tesorería de la Seguridad Social de llevar a cabo una  inspección masiva de manera oculta, requiriendo información a las gestorías sobre autónomos  societarios, que deberían reclamar los inspectores en uso de sus funciones, pero para la que,  consideran que este organismo no tiene capacidad de hacerlo. 

Así, se lo hace saber el presidente del Consejo General de Gestores Administrativos, Fernando  Santiago, al director de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez, en  dos misivas (de 26 de septiembre y 4 de octubre de 2023), a las que ha tenido acceso  elEconomista. 

En estos mensajes denuncia que «nos informan nuestros clientes, con enorme crispación, que  ahora les está llegando también a ellos. Incluso estamos recibiendo en las gestorías  requerimientos a nombre de nuestros clientes o de otros autónomos que lo fueron pero que ya  no son clientes, por el mero hecho de haber dejado en algún momento como correo de contacto  el de la propia gestoría, en clara demostración de una falta de actualización de datos muy  significativa«. 

En sus correos electrónicos, el presidente de los gestores administrativos señala que «no nos  parece adecuado su proceder, dado que los propietarios de la información son nuestros clientes  y sin su consentimiento no podemos, ‘motu proprio» facilitar los datos. Téngase en cuenta que  el encargo que nos hacen se refiere a cumplir con una normativa bien conocida por el cliente  y para lo que nos autorizan la cumplimentación de los datos, pero no para otros

Recrimina al director de la TGSS que sobrecargue al ciudadano solicitando una y otra vez una  información a la que tienen acceso directo, por lo que le solicita que analice qué parte de la  información requerida está ya en poder de algún organismo o dependencia de la  Administración y que desarrolle los mecanismos adecuados para disponer de ella de forma  automática, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 28 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del  procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, asegurando la  actualización permanente y haciendo más eficaz y sencillo el trámite para el ciudadano.

Explica que un empleado avezado de una gestoría, contando con los datos, podría tardar unos  30 minutos por expediente. Si precisa de información adicional que ha de solicitar al cliente,  pueden ser varias horas, pues quien tiene que buscar la información es el propio cliente.  Además, si es el autónomo el que tiene que rellenar la información, el proceso se multiplicará  en tiempo por cuatro por cinco, siempre que no renuncie a completar la información por la  complejidad que esto le supone. Porque lo contrario es obligarle a contratar al gestor para que  lo haga. 

«Haga el cómputo el director general para conocer la sobrecarga de trabajo que nos traslada a  los colaboradores sociales, cuando parte de los datos que solicita están ya en poder de la  Administración o de otras Instituciones, como el Registro Mercantil. Y le sugiero que conozca la  labor de Redes, asesorada por los gestores administrativos, para acudir a determinadas fuentes  de información públicas en lugar de hacer al ciudadano que reitere su envío», le comenta. 

Por ello, anuncia que los gestores administrativos no facilitarán los datos exigidos, puesto que  más allá de que sin el consentimiento de sus clientes podrían vulnerar la Ley de Protección de  Datos y que, además, no necesariamente disponen de toda la información que les solicitan, que  por otra parte el Estado si tiene en sus bases de datos, repartida en diferentes organismos. 

Por ello afirma Santiago en sus dos misivas, que «nos vemos en la tesitura de atender sus  exigencias e incumplir el mandato de nuestro cliente o de incumplir con sus requerimientos. Por  tanto, no procederemos a completar información adicional en respuesta a su requerimiento si  no que, como es habitual, lo haremos cuando el cliente nos haga el encargo de manera formal y  explícita». 

Y como reflexión final, tras todos estos argumentos, afirma que » la profesión que presido no  comprende esta solicitud de información, no comprende las razones que la motivan». No  obstante, una vez más señala que los gestores administrativos se ponen a la disposición del  director de la TGSS para tratar de manera anticipada estos y otros temas, «pues nuestro  conocimiento y experiencia puede permitir facilitar los procesos y hacerlos razonables para  todos». 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (no vinculante) 

Fuente: elEconomista.es