DESTACADOS DE HOY
ADMISIÓN DEL CERTIFICADO EN VIA ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA
IRNR. APORTACIÓN TARDÍA DE CERTIFICADO DE RESIDENCIA. APORTACIÓN EN VÍA ECONÓMICO ADMINISTRATIVO. La aportación tardía del certificado de residencia fiscal a los efectos probatorios que correspondan en cada caso ha de ser admitida por el TEAC, en atención a la doctrina del Tribunal Supremo recogida por este TEAC, salvo que se aprecie mala fe del interesado o comportamiento malicioso; lo que en el presente caso no concurre.
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