DESTACADOS DE HOY
DEVENGO Y BENEFICIOS FISCALES
ISD. FILIACIÓN RECONOCIDA TRAS EL FALLECIMIENTO. La filiación reconocida judicialmente tras el fallecimiento del causante no altera el devengo del Impuesto sobre Sucesiones: el Tribunal Constitucional avala que no pueda aplicarse una bonificación aprobada con posterioridad.
El Tribunal Constitucional confirma que el reconocimiento judicial de la filiación tras el fallecimiento del causante no altera la fecha de devengo del Impuesto sobre Sucesiones, por lo que no permite aplicar beneficios fiscales aprobados con posterioridad al fallecimiento.
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