DESTACADOS DE HOY
IMPUTACIÓN
GASTOS CONTABLES ERRÓNEOS
Los gastos contables erróneos o los ajustes derivados de errores o cambios de criterio deben imputarse, a efectos fiscales, al ejercicio en el que se produce la contabilización del error, y no retroactivamente al ejercicio en el que debieron contabilizarse.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo impide la rectificación retroactiva del IS: los errores contables se imputan al ejercicio en que se detectan.
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