DESTACADOS DE HOY
Sentencia
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ABREVIADO INICIADO CON ANTERIORIDAD AL ACUERDO DE LIQUIDACIÓN
LGT. NUEVO TRÁMITE DE AUDIENCIA. El Supremo limita la obligación de dar nueva audiencia cuando la sanción se propone antes de la liquidación.
Solo debe notificarse otra propuesta sancionadora si la liquidación modifica elementos esenciales para la defensa; la mera corrección de un error aritmético no exige repetir el trámite.
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