DESTACADOS DE HOY
Consulta de la DGT
IMPUTACIÓN TEMPORAL
IRPF. COMPLEMENTO POR MATERNIDAD PERCIBIDO POR EL PADRE. El complemento de maternidad recibido en enero de 2023, correspondiente a los ejercicios 2018, 2019 y 2020, se debe imputar a los períodos impositivos en que fueron exigibles, conforme a las reglas especiales del artículo 14.2.b). Esto implica la presentación de autoliquidaciones complementarias de esos períodos sin sanción ni intereses de demora.
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