DESTACADOS DE HOY
IMPUESTOS SATISFECHOS EN EEUU
IRPF. DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL
El TEAR de Madrid nos recuerda que únicamente procede la deducción por doble imposición internacional prevista en el artículo 80 LIRPF respecto de los impuestos federales satisfechos en EEUU, sin que proceda la misma respecto de los impuestos estatales o locales sobre los ingresos exigidos por los diferentes Estados, dado que se permite su deducción en la declaración federal de EEUU.
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