DESTACADOS DE HOY
CESIÓN DE VEHÍCULOS A EMPLEADOS
IVA/IRPF. VEHÍCULOS DE EMPRESA. La imputación de una retribución en especie al trabajador por el uso privado de un vehículo no permite, por sí sola, deducir el 100 % del IVA soportado en su adquisición.
La DGT distingue entre la tributación en el IRPF y en el IVA de la cesión de vehículos a empleados. Para que dicha cesión tenga carácter oneroso y permita la deducción íntegra del IVA, debe existir una contraprestación efectiva. En ausencia de esta, se aplica la presunción general de afectación del 50 %, salvo prueba de un porcentaje diferente.
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