ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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DESTACADOS DE HOY

Resolución del TEAC

PAGO DE AUTOLIQUIDACIONES EN 2 TRANSFERENCIAS

LGT. RECAUDACIÓN. Es improcedente el inicio del período ejecutivo (y la emisión de providencias de apremio) por importes rechazados en período voluntario, cuando el contribuyente no pudo ejercer su derecho al pago parcial (en 2 veces) de la autoliquidación en periodo voluntario.

El artículo 68.3 del Reglamento General de Recaudación (RGR) permite a los contribuyentes realizar pagos parciales de sus deudas tributarias en periodo voluntario.  Este derecho no puede limitarse para pagos mediante transferencia bancaria, aunque actualmente no exista la opción de emitir un documento de pago por un importe inferior al autoliquidado.

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