DESTACADOS DE HOY
Resolución del TEAC
DIES A QUO DE LA PRESCRIPCIÓN
LGT. DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD. La suspensión de la deuda no retrasa el inicio de la prescripción para derivar la responsabilidad solidaria.
La suspensión de la deuda o sanción del deudor principal como consecuencia de su impugnación no impide que Hacienda declare la responsabilidad solidaria del artículo 42.2.a) LGT. Por ello, a efectos del artículo 67.2 LGT, el TEAC toma como referencia el período voluntario de pago inicial y no un nuevo período posterior al levantamiento de la suspensión.
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