DESTACADOS DE HOY
Sentencia
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ABREVIADO INICIADO CON ANTERIORIDAD AL ACUERDO DE LIQUIDACIÓN
LGT. SANCIONES. PROCEDIMIENTO. El Tribunal Supremo avala que no haya un nuevo trámite de audiencia en procedimientos sancionadores tributarios si la sanción definitiva coincide íntegramente con la propuesta inicial.
La Sala fija doctrina y declara que, en los procedimientos sancionadores abreviados iniciados antes de la liquidación tributaria, solo será necesario conceder una nueva audiencia cuando la liquidación o la sanción sufran modificaciones que afecten a los elementos esenciales de la acusación y del derecho de defensa.
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