ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

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DESTACADOS DE HOY

Sentencia

EXENCIÓN DE GANANCIAS PATRIMONIALES EN LA ENAJENACIÓN DE VIVIENDA HABITUAL POR REINVERSIÓN

IRPF. SEPARACIÓN, DIVORCIO O NULIDAD. El Tribunal Supremo vuelve a reiterar que reconoce la exención por reinversión en vivienda habitual tras el divorcio aunque el contribuyente hubiera abandonado la vivienda más de dos años antes.

La vivienda mantiene la consideración de habitual a efectos de la exención por reinversión cuando el abandono deriva de una separación o divorcio y continúa siendo la residencia habitual del otro cónyuge y de los hijos comunes.

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