DESTACADOS DE HOY
NO EXTINCIÓN DE LA COMUNIDAD
ITP. ADJUDICACIÓN INMUEBLE.
La adjudicación de un inmueble a 6 de los 8 copropietarios tributa en el ITP porque no hay disolución de la comunidad de bienes.
La Dirección General de Tributos concluye que si no se extingue la comunidad de bienes, sino que solo cambia el número de comuneros, la operación está sujeta al ITP por transmisiones patrimoniales onerosas.
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