DESTACADOS DE HOY
RÉGIMEN DE NEUTRALIDAD FISCAL
IVA. MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE POR CRÉDITOS IMPAGADOS. El TEAC declara que la remisión fuera de plazo de las facturas rectificativas no impide recuperar el IVA de créditos impagados cuando no se acredita un perjuicio para la Hacienda Pública.
El TEAC distingue entre la obligación de remitir las facturas rectificativas al deudor, que constituye un requisito sustancial, y el cumplimiento del plazo reglamentario de remisión, que tiene carácter formal. Su incumplimiento no justifica por sí solo la denegación del derecho a modificar la base imponible del IVA, siempre que se cumplan los requisitos materiales y no exista fraude ni perjuicio acreditado para la Hacienda Pública.
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