DESTACADOS DE HOY
Sentencia
REQUISITO DE EMPLEADO
ISD/IP. ACTIVIDAD DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES. El Tribunal Supremo vuelve a pronunciarse sobre el requisito de empleado en el arrendamiento para la empresa familiar: basta con que exista actividad económica real en el grupo. El requisito de empleado del art. 27.2 LIRPF puede entenderse cumplido cuando la actividad económica se desarrolla de forma real a nivel de grupo, aunque los medios personales estén centralizados en otras sociedades, siempre que exista integración funcional.
La integración funcional en el grupo empresarial prevalece sobre el cumplimiento formal del requisito de empleado a jornada completa en el arrendamiento de inmuebles”.
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