DESTACADOS DE HOY
OPERACIONES SOCIETARIAS
ITPAJD. DISOLUCIÓN COMUNIDAD DE BIENES.
El Tribunal Supremo concluye que la disolución de una comunidad de bienes con segregación incluida solo tributa por operaciones societarias.
En el caso de que en una escritura pública se formalicen tanto la disolución y extinción de una comunidad de bienes dedicada a una actividad empresarial, como la segregación y adjudicación de los bienes que la conforman, debe apreciarse la existencia de una única convención a efectos de su gravamen y, por tanto, debe tributarse solo por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de operaciones societarias.
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