ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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DESTACADOS DE HOY

Resolución del TEAC

DETERMINACIÓN DE LA BASE LIQUIDABLE

IRPF. DEDUCCIÓN ADQUISICIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL.
El TEAC avala deducir la cancelación hipotecaria de la vivienda habitual vendida cuando se paga con el precio de la venta (DT 18ª LIRPF), si se cumple el art. 70 LIRPF.

El TEAC unifica criterio a favor de la deducibilidad: la cancelación del préstamo hipotecario de la vivienda habitual transmitida puede integrar la base de la deducción (DT 18ª), aunque se pague con el precio de la venta, si (i) la vivienda era habitual, (ii) el préstamo fue para adquirirla, y (iii) se cumple el art. 70 LIRPF en el ejercicio (incremento patrimonial neto suficiente).

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