DESTACADOS DE HOY
ALQUILER DE LOCAL COMO VIVIENDA
IRPF/IVA. ALQUILER.
La DGT nos recuerda que el alquiler de un local como vivienda habitual entre 2 personas físicas está sujeto pero exento de IVA y que las rentas tributan en IRPF como capital inmobiliario.
La DGT recuerda que la exención en el IVA es finalista y no depende del tipo de inmueble de que se trate.
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