DESTACADOS DE HOY
Consultas de la DGT
ADQUISICIÓN VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
IRPF. DEDUCCIÓN POR LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS «ENCHUFABLES» Y DE PILA DE COMBUSTIBLE Y PUNTOS DE RECARGA
La DGT nos recuerda la incompatibilidad de la deducción por adquisición de vehículos eléctricos y la ayuda del Plan MOVES III.
ADQUISICIÓN VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
IRPF. DEDUCCIÓN POR LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS «ENCHUFABLES» Y DE PILA DE COMBUSTIBLE Y PUNTOS DE RECARGA.
La DGT responde que, en los casos de matrimonios en régimen de gananciales, la deducción por adquisición de vehículos eléctricos debe aplicarse exclusivamente por el cónyuge que figura como titular del vehículo, aunque los fondos para la compra sean gananciales.
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