ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

El pacto de socios es el contrato principal donde se regulan las relaciones entre los  socios, sus derechos y obligaciones, las condiciones para transmitir sus participaciones  sociales y otros temas clave para una startup 

El contenido del pacto de socios (que tienen que negociar y firmar todos los socios para que sea válido) cambia y evoluciona con la propia startup a lo largo de sus diferentes  fases. Pero, principalmente, lo hace cuando se produce la entrada de inversores.

Así, el  pacto de socios es la piedra angular de las negociaciones propias de la ronda de inversión en una startup. 

Cuando se negocia un pacto de socios desde el punto de vista del socio fundador o  «founder» de la compañía, hay que prestar especial atención a las cláusulas que le  imponen obligaciones, o que limitan la transmisibilidad de sus participaciones sociales. En  este artículo vamos a abordar las cinco cláusulas principales que afectan a los socios  fundadores. 

  1. Permanencia

Consiste en la obligación impuesta al socio fundador de permanecer en la startup un  tiempo mínimo a contar desde la entrada de los inversores, ejerciendo determinadas  funciones. 

El fin de esta cláusula es asegurar que los fundadores -que han creado la compañía y conocen al detalle el proyecto y al equipo-, se queden el tiempo suficiente para seguir  creciendo y asentar el negocio. 

Además de imponer que siga desarrollando determinadas funciones, la permanencia suele  conllevar la prohibición para el founder de vender sus participaciones durante un  tiempo (normalmente el mismo que se le exige que se quede realizando funciones). Esta  prohibición de transmisión se conoce como lock up, y con ella se asegura la vinculación del  fundador como socio. 

  1. No competencia

Se trata de la prohibición al socio fundador de dedicarse a la misma actividad durante  un tiempo, una vez haya salido de la startup. Aunque es una cláusula típica del pacto de  socios, y es fácil reconocer que se incluye para proteger el negocio, es importante prestar  atención a su contenido concreto. Puesto que ya sabemos que el diablo está en los detalles. 

Desde la posición del founder habrá que valorar detenidamente:

  1. El plazo durante el que se aplicará.
  2. El detalle con el que se describa el sector o actividades prohibidas. Ya que no es lo mismo prohibir competir en el sector de la IA médica en general, que en actividades relacionadas con el uso de inteligencia artificial para el diagnóstico de quistes  renales. 
  3. Las vertientes de la prohibición: trabajar para otros, tener participaciones sociales, colaborar como advisor, etc.

Esta prohibición suele incluir la imposibilidad de contratar a ningún trabajador o  directivo de la startup durante el mismo plazo de tiempo. De esta forma se asegura que la  salida del founder no causará una fuga de cerebros, afectando al capital humano del  negocio. 

  1. Vesting

Consiste en un mecanismo de consolidación de participaciones a lo largo del tiempo y  suele pactarse respecto de los fundadores para asegurar que cumplen el tiempo de permanencia que hemos visto arriba. 

Así, durante el vesting, el socio fundador irá consolidando sus participaciones  gradualmente, en función de hitos o del mero paso del tiempo, hasta cumplir el tiempo  previsto de permanencia, cuando habrá consolidado el 100%. 

El vesting puede incluir un periodo de carencia inicial, durante el que no se consolidan  participaciones, de modo que si el founder sale de la compañía antes de que transcurra la  carencia, se irá con cero participaciones. 

¿Y qué pasa con las participaciones no consolidadas? Suele establecerse una opción de  compra en favor de los socios que se quedan, que podrán comprarlas al founder saliente  por el precio que se haya acordado en el mismo pacto de socios. 

  1. Puesto en el órgano de administración

Con la entrada de inversores, suele reorganizarse el órgano de administración de la  sociedad, de forma que pase a estar integrado por inversores y socios fundadores. 

El órgano de administración tiene poder de decisión sobre materias que no necesariamente  tienen que pasar por la Junta General. Y, además, dispone del poder de ejecución. Por ello es importante, al negociar el pacto de socios, tener en cuenta: 

  1. El número de «sillas» o puestos que se reservan a los fundadores. Puesto que éste va a determinar el equilibrio de poder entre fundadores e inversores dentro del órgano de administración. 
  2. El tipo de cargo que se les atribuya, del que dependerá su poder de ejecución. 5. Las materias sometidas a mayoría reforzada

Esta cláusula consiste en exigir un determinado número de votos, o el voto favorable de  determinados socios, para poder aprobar decisiones en Junta General sobre materias  concretas. Estas materias pueden ir desde la entrada de nuevos socios, hasta el despido de  determinados trabajadores.

El contenido de esta cláusula es importantísimo para mantener el poder de decisión de  los founders tras la entrada de los inversores, en aquellas materias que consideren core del negocio y en las que quieran asegurar que se tenga en cuenta su criterio. Estas cláusulas que hemos visto suelen llevar aparejados mecanismos para asegurar su  cumplimiento. Estos mecanismos se regulan en el propio pacto de socios, a la vez que se  acuerdan las consecuencias para los socios fundadores en caso de que incumplan alguno  de los compromisos impuestos. 

Estos acuerdos de incumplimiento determinan la efectividad real de las obligaciones de  los fundadores. Por eso es importantísimo prestar atención a las consecuencias que  establecen. Los resultados de un incumplimiento pueden ir desde penalizaciones  económicas, hasta la exclusión del socio fundador, que se vería obligado a vender sus  participaciones, perdiendo su participación en el proyecto y además cualquier  rendimiento que se pudiera generar. 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante) 

Fuente: Vento. Startups