ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES DE ANDALUCÍA

asociación profesional de técnicos tributarios y asesores fiscales de andalucía

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Según la memoria anual del Tribunal Económico-Administrativo, el 45,26% de las  reclamaciones a Hacienda tuvieron un resultado estimatorio para el contribuyente.  Según los técnicos, lo mejor es acudir a este tribunal en caso de discrepancia. 

Antes de llegar a un juzgado, los pleitos que tienen los autónomos con Hacienda pasan  por el Tribunal Económico-Administrativo (TEA). Este organismo se encarga de resolver  las reclamaciones que surgen cuando cualquier contribuyente, en especial trabajadores por  cuenta propia, no están de acuerdo con alguna de las actuaciones que hace la  Administración Fiscal, ya sea central o autonómica, e inicia un proceso de reclamación.  Según las últimas memorias anuales del TEA, referentes al año 2020, el 45,26% de los  recursos que llegaron a estos tribunales fueron a favor del contribuyente. Es decir  fueron estimatorias. 

Se trata de una tasa de reclamaciones que, según los expertos consultados por este diario  digital, podría ser mucho mayor. “Nosotros eliminamos la partida de ‘otros’, que son  aquellas reclamaciones que no se resolvieron, a efectos de calcular la tasa real de  estimaciones. Entonces si divides la cuantía de reclamaciones estimadas (105.553), entre las  resueltas, y le restas los «otros» (233.238 – 18.153) se obtiene que el 49% de las  resoluciones son total o parcialmente estimadas” dijo el secretario general del sindicato  de técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo. 

Para este experto, este alto porcentaje de estimaciones del TEA significa que “la  Administración fiscal no hizo bien su trabajo” y por eso los contribuyentes, muchos de  ellos autónomos, reclaman para obtener así la razón de la justicia. 

¿CUÁNDO ES MÁS PROBABLE QUE LOS AUTÓNOMOS OBTENGAN UNA  RESOLUCIÓN ESTIMATORIA? 

Los autónomos, o cualquier otro contribuyente, suelen acudir al Tribunal Económico Administrativo cuando no están de acuerdo con cualquier tipo de actuación que haya  realizado la Administración fiscal. De hecho, son muy frecuentes las reclamaciones  presentadas por RENTA (77.629, según las memorias de 2020). Esto se debe a que se trata  de un procedimiento que no tiene un coste muy alto para el contribuyente, ya que a  pesar de ser un Tribunal, éste es especial porque forma parte de la Administración y los  casos pueden ser presentados por el particular o por un asesor fiscal. Sólo cuando se  obtiene una resolución del TEA, el caso puede ser llevado a la Justicia ordinaria, esto es a  un Tribunal Contencioso-Administrativo de primera instancia, dónde ya sí es necesario  contar con un abogado y procurador.

Según recoge el documento de las memorias, “el mayor número de reclamaciones  presentadas corresponde al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (41% sobre el  total) seguido por aquellos que impugnan actos relativos a los Actos del Procedimiento  Recaudatorio (16,15%), al Impuesto sobre el Valor Añadido (10,72%) y al Impuesto sobre  Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (7,7%)”. Que también  apunta que “esto significa que un 75,57% de las reclamaciones interpuestas se refieren a  tan solo esos cuatro conceptos, mientras que el 24,43% se distribuyen entre el resto de las  materias sobre las que son competentes los Tribunales Económico Administrativos”.

Cuadro de reclamaciones del TEA durante 2020. | Fuente: Memorias del TEA 2020. 

RECLAMACIONES A HACIENDA ESTIMADAS QUE MÁS AFECTAN A LOS AUTÓNOMOS

Sin embargo, para el experto fiscal consultado lo interesante para los autónomos no es el  número de reclamaciones presentadas, sino el número de reclamaciones estimadas. Es  decir, aquellas en las que el Tribunal le dio la razón al autónomo. En este sentido, el  secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo,  calculó en base a las Memorias del TEA las diferentes tasas de estimaciones de los casos  que más interesan a los autónomos y, por lo tanto, son las reclamaciones en las que más  pueden obtener un resultado favorable: 

La tasa de estimaciones en IVA es del 58,9%. 

La tasa de estimaciones en RENTA es del 53%. 

La tasa de estimaciones en el Impuesto de Sociedades es del 45,4%. La tasa de estimaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es del 72%. 

La tasa de estimaciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos  Jurídicos Documentados es del 65%. 

Es especialmente interesante el alto porcentaje en IVA e Impuesto de Sociedades, que son  normalmente las reclamaciones que más suelen realizar los trabajadores por cuenta propia  y pequeños negocios antes el TEA. 

LA DIFERENCIA DE CRITERIOS ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y EL TEA 

La alta tasa de estimaciones o de resoluciones favorables hacia los autónomos que tiene el  Tribunal Económico-Administrativo (TEA) tiene una explicación y es la diferencia de  criterios que utilizan las diferentes administraciones fiscales. Según Mollinedo aunque  “sobre el papel los elementos que sigue, por ejemplo, la Agencia Tributaria deberían ser  los mismos que utiliza el Tribunal para resolver las dispuestas. La realidad y a la vista de  esta memoria con el alto porcentaje de estimaciones, está claro que no es así”. 

El TEA es un órgano más especializado en resolver reclamaciones y, por tanto, tiene “más  actualizados que la Administración los criterios jurídicos que se siguen en los distintos  procesos judiciales” señaló Mollinedo. Es decir, tiene un mayor conocimiento sobre la  jurisprudencia que han podido generar distintas sentencias en materia fiscal. 

Para ejemplificar esta diferencia de criterios, el experto puso el ejemplo de un autónomo al  que la Agencia Tributaria le está reclamando un mayor pago de IVA. “En este caso hay  dos vías para resolver el problema de esta liquidación. O bien se recurre a un recurso de  reposición, o bien se acude al TEA. Normalmente, los asesores fiscales sólo recomiendan  hacer recursos de reposición, cuando no se han aportado todos los documentos en la  liquidación y hay un evidente error material. Pero lo más normal, y en el caso de la  prestación de IVA, es que esté todo correcto y por eso se acude al TEA” dijo Mollinedo. 

Normalmente se acude al Tribunal Económico-Administrativo porque hay una cuestión  “litigiosa”. Es decir, hay una diferencia entre la interpretación jurídica que hace el asesor  fiscal y el criterio que aplican la Agencia Tributaria en la liquidación del tributo, en este  caso, de IVA. “Y a vista de la alta tasa de estimación que tienen los casos de IVA, que  alcanza el 58,9%, se observa como los tribunales tienen un criterio más especializado en 

estas cuestiones, que la Agencia”. Por eso, Mollinedo recomendó a los autónomos  reclamar al TEA siempre que un experto fiscal lo recomiendo, porque son muy altas las  probabilidades de ganar total o parcialmente a Hacienda. 

Según consta en las memorias del Tribunal Económico-Administrativo, en 2020, este  organismo utilizó 14.288 criterios en 2020 para emitir sus resoluciones. De ellos 12.515  fueron extraídos de las resoluciones económico- administrativas incluidas en la base, y  1.773 de sentencias y autos de los siguientes Tribunales de Justicia: Tribunal de Justicia de  la Unión Europea, Tribunal General de la Unión Europea, Tribunal Constitucional,  Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Juzgados de lo  Contencioso-Administrativo. 

APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante) 

Fuente: autónomosyemprendedor.es